Hola amiga del Foro!
Pues de entrada si no te acercas a lo que dice la Ley y no cumples con lo que ahi dice ya no sera Deducible. (art 5º CFF)
pero para fines practicos es muy facil TODO LO QUE SEA ESTRICTAMENTE INDISPENSABLE PARA LA REALIZACION DE TU ACTIVIDAD, EFECTIVAMENTE PAGADO, siempre y cuando las Deducciones cumplan con los Requisitos fiscales para que sean deducibles.
Si te dedicas a vender Flores, pues todo lo que necesitas para poder hacer esa actividad, desde papeleria, articulos de limpieza, hasta automoviles (para las entregas a domicilio).
Espero haberte ayudado!