Hola amigo del foro:
Precisamente cuando te inscribes en el RFC, te dan una
guia de obligaciones la cual señala cuando y que, tienes como obligacion presentar.
tambien puedes consultarlo por internet claro solo si cuentas con tu Calve de acceso.(en MI PORTAL)
SI aún no estas suspendido te recomiendo que presentes las declraraciones que faltan.
si estas sus pendido pues solo con la anual ya que corres el riesgo de Reactivarte con la presentacion de las declaraciones.
Puedes chechar la LISR en los articulos del 120 al 133.
Espero haberte ayudado
