¿Si un empleado se encuentra incapacitado puedo enviar una Modificación salarial por cálculo de variables de acuerdo al art. 34 fracc II de la LIMSS, para el recálculo del SDI?
El empleado tuvo elementos variables en el bimestre pasado. Al parecer el IMSS lo considera ventajoso, por lo que quisiera conocer si existe algún fundamento legal al respecto, ya que el no enviar dicha MS por recálculo de SDI infinge el artículo mencionado.
Debo o no enviar la Modificación de Salario (ya sea a la alza o a la baja)?
Debo esperar a que el empleado regrese de su incapacidad y entonces enviar su nuevo cálculo de SDI?
Muchas gracias por su pronta respuesta
